Bogotá, 16 de febrero de 2022. El Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas – IPSE, creó la ‘Guía Informativa Solicitud Cupo de Electrocombustible’ con el que las entidades territoriales y/o prestadores del servicio de energía eléctrica podrán solicitar la asignación o actualización del cupo de electrocombustible con el que se genera la energía eléctrica en los municipios, corregimientos, localidades y caseríos en las Zonas No Interconectadas.

“El IPSE es un aliado estratégico de los entes territoriales y operadores del servicio de energía en las Zonas No Interconectadas y a través de esta guía queremos facilitarles un paso a paso práctico y sencillo para que puedan acceder de forma correcta y eficiente al cupo de electrocombustible subsidiado con que cuentan las comunidades en estos territorios”, destacó José David Insuasti, director del IPSE.

Luego de que los operadores o prestadores del servicio energético hayan surtidos trámites administrativos de registros ante la Superintendencia de Servicios Públicos, esta entidad les asigna un código con el que se debe hacer la solicitud ante el IPSE, a través de una carta cuyo modelo se encuentra expuesto en la Guía.

El IPSE verifica los datos registrados en la solicitud para corroborar y contrastar la información, con el fin de realizar el cálculo del cupo de electrocombustible y para luego direccionarlo a la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, quien en la encargada de asignar finalmente el cupo calculado.

Este procedimiento de verificación se basa principalmente en los siguientes elementos: a) El Consumo Específico de Combustible identificado como CECI en la resolución CREG 091 de 2007 , art. 24, que hace referencia al consumo de combustible por cada kWh según la capacidad de generación. b)  El consumo de electricidad subsidiable, y tipo de localidades determinados en la Resolución 182138 de 2007 y finalmente los informes de telemetría del Centro Nacional de Monitoreo del IPSE, donde se validan las mediciones de la prestación del servicio energético en las Zonas No Interconectadas monitoreadas

La carta de solicitud dirigida al IPSE puede radicarse de manera física en la calle 99 No. 9 A – 54 Torre 3 Piso 14 Edif. 100 Street, en Bogotá D.C., sede principal del instituto, o de manera digital al correo institucional ipse@ipse.gov.co, y debe contener los siguientes datos:

  1. Nombre y Nit de la empresa
  2. ID de la empresa ante la SUPERSERVICIOS
  3. Código SICOM de la empresa
  4. Nombre del departamento, municipio y localidad ZNI con su respectivo código SUI
  5. Contactos telefónicos y dirección física y electrónica
  6. Capacidad del grupo electrógeno por localidad. Régimen Prime kW (Sincronizada)
  7. Promedio kWh/mes por cada una de las localidades de la solicitud
  8. Número de usuarios actualizado acorde a lo establecido en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos Domiciliarios – SUI
  9. Cupo mensual solicitado de electrocombustible

10. Número de horas de prestación del servicio por localidad

Para consultar la guía haga clic aquí.

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